Fuentes del Derecho

LAS FUENTES DEL DERECHO[1].
Las fuentes del derecho pueden clasificarse en:
a)       Fuentes materiales
b)       Fuentes formales

a)       Fuentes materiales: Son los hechos del hombre o de la naturaleza que inciden en la generación de normas jurídicas. Una fuente material del derecho puede ser por ejemplo un desastre natural, una protesta social o un acuerdo político, para citar algunos ejemplos. Estos hechos, de distinta naturaleza cada uno de ellos, han motivado que se ponga en movimiento el procedimiento de generación de la norma jurídica.

b)      Fuentes formales: Son los procedimientos a través de los cuales se genera la norma jurídica, así como la forma como se manifiesta. Pueden ser de cuatro clases.

Ø  La ley o la legislación
Ø  La costumbre
Ø  La jurisprudencia
Ø  La doctrina

La Ley o Legislación
La ley, en tanto sea fuente formal del derecho, debe ser entendida en su  sentido amplio de legislación. Es decir, se trata del conjunto de normas legales emitidas por el Estado a través de sus órganos competentes.
La ley es la principal fuente formal del derecho contemporáneo. Su importancia radica en que el Estado emite continuamente normas legales a través de sus órganos, para establecer deberes, derechos y regular todo tipo de conductas. En ese sentido, es el Estado quien a través de su actividad normativa constituye y renueva continuamente el derecho.
La legislación está constituida por normas de distinto tipo, emitidas por las entidades de la administración pública según las competencias de cada una de ellas.
Ejemplo: Ley Nº 29672 Ley que autoriza al Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial (SENATI) a otorgar títulos a nombre de la nación.

La Costumbre
La costumbre es sin duda la más antigua fuente formal del derecho. Está constituida por actos que se repiten en el tiempo de manera uniforme en circunstancias similares.
La costumbre es jurídica cuando reúne las siguientes características:
·         Uso generalizado entre los integrantes de un grupo social.
·         Conciencia de su obligatoriedad por el grupo social.
·         Repetición a lo largo del tiempo.
La importancia de la costumbre como fuente del derecho deriva no solamente de su carácter histórico, sino de su aplicación continua en las relaciones cotidianas. Por ejemplo, actualmente encuentra su expresión en materia de contratos cuando se hace referencia a la buena fe o a la diligencia ordinaria de los contratantes.

Asimismo, cabe destacar que en muchos casos la costumbre deviene en ley cuando el Estado considera que debe tener carácter general y que debe ser puesta en práctica con su respaldo y con una clara definición de sus límites y de su forma de aplicación.

Ejemplo: La costumbre de hacer cola. "Si en una situación determinada, la cantidad de sujetos que solicitan un servicio es mayor que la posibilidad de brindarlo simultáneamente a cada uno de ellos, se colocarán en orden sucesivo de llegada para atenderlos."

La jurisprudencia
La jurisprudencia está constituida por los fallos expedidos por los magistrados judiciales o por funcionarios que integran tribunales administrativos, al momento de resolver los procesos a su cargo.
El valor de fuente del derecho de estas decisiones está dado por la originalidad de la interpretación que hace el magistrado o funcionario de lo que señala la ley. De este modo, lo expresado a través de la legislación puede ser desarrollado en su aplicación a casos concretos.
En su sentido estricto, el término jurisprudencial se refiere a las decisiones expedidas por las máximas instancias, tales como la Corte Suprema, el Tribunal Constitucional o los Tribunales Administrativos. A través de estos fallos es posible establecer criterios de interpretación que podrán ser aplicados a muchos otros casos similares.

La jurisprudencia puede ser dividida en dos clases:
a)       Jurisprudencia en sentido estricto: La emitida por los tribunales de justicia.
b)       Jurisprudencia administrativa: Aquella expedida por los tribunales administrativos. Esta última, a diferencia de la anterior, no necesariamente es definitiva, toda vez que puede ser impugnada ante el Poder Judicial. En nuestro país se cuenta con Tribunales Administrativos que resuelven en última instancia administrativa, como son:

·         Tribunal Fiscal.
·         Consejo de Minería.
·         Tribunal de INDECOPI.
·         Tribunal Registral.
·         Consejo Nacional de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
·         Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos – TRASS
·         Etc.

Si bien estos organismos actúan como últimas instancias administrativas, sus decisiones son revisables en la vía judicial como una garantía para el administrado y cómo una forma de control entre órganos del Estado.
Ejemplo: Sobre la motivación de los actos administrativos
En la STC 8495-2006-PA/TC, el Tribunal manifiesta que: “un acto administrativo dictado al amparo de una potestad discrecional legalmente establecida resulta arbitrario cuando sólo expresa la apreciación individual de quien ejerce la competencia administrativa, o cuando el órgano administrativo, al adoptar la decisión, no motiva o expresa las razones que lo han conducido a adoptar tal decisión. De modo que, motivar una decisión no sólo significa expresar únicamente bajo qué norma legal se expide el acto administrativo, sino, fundamentalmente, exponer en forma sucinta –pero suficiente– las razones de hecho y el sustento jurídico que justifican la decisión tomada”.


La Doctrina
La doctrina está compuesta por las opiniones, criterios, teorías y explicaciones aportadas al mundo del derecho a través de escritos, conferencias, clases o por cualquier otro medio. Mediante la doctrina se pretende sistematizar, formular críticas y establecer propuestas sobre temas jurídicos.

Es una fuente sumamente útil para la aplicación del derecho, en tanto provee de fundamentos para la interpretación de las normas o para la emisión de nuevas normas. En ese sentido, lo que expresan los autores sobre un determinado tema jurídico puede ser utilizado por el legislador para analizar un problema y luego emitir una norma. Asimismo el juez recurrirá a la doctrina para encontrar criterios de interpretación aplicables a caso que debe resolver.
Ejemplo:
Libro Teoría General de Derecho de Fausto E. Vallado Berron.



[1] Libro de Derecho Administrativo, OSINERGMIN, Octubre de 2008.

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